Despido procedente vs improcedente: diferencias, causas e indemnización en 2026

Actualizado: abril 2026

Cuando una empresa extingue un contrato de trabajo, el tipo de despido que se aplica determina directamente la indemnización que te corresponde. Existe una diferencia enorme entre un despido procedente (justificado), uno improcedente (sin causa válida) y uno nulo (que vulnera derechos fundamentales). Entender estas diferencias es esencial para saber qué puedes exigir.

¿Qué es el despido procedente?

Un despido procedente es aquel en el que la empresa acredita una causa legalmente válida para extinguir el contrato de trabajo. Se rige por el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores para el despido disciplinario, y por los artículos 51 y 52 para el despido objetivo y colectivo.

En el despido procedente:

¿Qué es el despido improcedente?

El despido improcedente se produce cuando la empresa no logra acreditar la causa alegada, no cumple los requisitos formales, o simplemente no existe causa suficiente. En este caso, el juez o el propio empresario pueden reconocer la improcedencia.

Ante un despido improcedente, la empresa tiene la opción de:

Diferencia clave en indemnización: Despido objetivo procedente = 20 días/año (máx. 12 meses). Despido improcedente = 33 días/año (máx. 24 meses). La diferencia puede ser de miles de euros según la antigüedad y el salario.

Tabla comparativa: tipos de despido e indemnización en 2026

Tipo de despidoIndemnizaciónTope máximo¿Salarios de tramitación?
Disciplinario procedente0 días/añoNo
Objetivo procedente (art. 52 ET)20 días/año12 mensualidadesNo
Colectivo (ERE) procedente20 días/año12 mensualidadesNo
Improcedente (cualquier tipo)33 días/año24 mensualidadesSolo si hay readmisión
NuloReadmisión obligatoria + salarios de tramitaciónSí (obligatorios)

Para contratos anteriores al 12 de febrero de 2012, los años trabajados antes de esa fecha se indemnizan a 45 días/año (máx. 42 mensualidades para esa parte). A partir de esa fecha, 33 días/año. El cálculo utiliza el denominado sistema "de mochila" o doble escala.

Causas del despido procedente: disciplinario y objetivo

El Estatuto de los Trabajadores establece las causas tasadas que justifican un despido procedente:

Causas del despido disciplinario (art. 54 ET)

Causas del despido objetivo (art. 52 ET)

Ejemplos de cálculo de indemnización comparados

Trabajador con 8 años de antigüedad y salario bruto de 30.000 €/año. Salario diario bruto: 30.000 / 365 = 82,19 €/día.

Tipo de extinciónDías indemnizaciónImporte indemnización
Baja voluntaria00 €
Despido disciplinario procedente00 €
Despido objetivo procedente20 × 8 = 160 días82,19 × 160 = 13.150 €
Despido improcedente33 × 8 = 264 días82,19 × 264 = 21.698 €
Despido nuloReadmisiónSalarios de tramitación + readmisión
Ejemplo con salario de 30.000 €/año y 8 años: La diferencia entre un despido objetivo procedente (13.150 €) y uno improcedente (21.698 €) es de 8.548 €. Vale la pena impugnar si hay dudas sobre la procedencia.

El despido nulo: cuándo se aplica

El despido nulo es la categoría más grave para la empresa. Se declara cuando el despido vulnera derechos fundamentales o libertades públicas, o cuando se produce en circunstancias especialmente protegidas:

Ante un despido nulo, el juez debe ordenar la readmisión inmediata del trabajador con abono de todos los salarios de tramitación. No cabe optar por la indemnización en lugar de la readmisión (salvo en el caso de representantes de los trabajadores, que pueden elegir).

¿Qué hacer si no estás de acuerdo con tu despido?

Si recibes una carta de despido y consideras que no es procedente, estos son los pasos que debes seguir:

PasoAcciónPlazo
1Guarda la carta de despido y cualquier comunicación de la empresaInmediato
2Consulta con un abogado laboralista para valorar el tipo de despidoUrgente (los plazos son muy cortos)
3Presenta papeleta de conciliación ante el SMACDentro de los 20 días hábiles
4Si no hay acuerdo en el SMAC, interpón demanda ante el Juzgado de lo SocialTras la conciliación (plazo suspendido durante SMAC)
5El juez resolverá si el despido es procedente, improcedente o nuloVariable (meses)
Plazo crítico: Tienes 20 días hábiles desde la notificación de la carta de despido para impugnar. Si no actúas en ese plazo, el despido se consolida con los efectos que haya reconocido la empresa (generalmente improcedente si así lo indicaron). No confundas este plazo con el de prescripción del finiquito (1 año).

Finiquito en el despido procedente vs improcedente

Independientemente del tipo de despido, el trabajador siempre tiene derecho al finiquito con todos los conceptos pendientes. La diferencia está exclusivamente en la indemnización:

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