Actualizado: abril 2026
Los contratos temporales por obra o servicio determinado, aunque limitados tras la reforma laboral de 2022 que los eliminó para nuevas contrataciones, siguen extinguiéndose durante años. Cuando terminan, el trabajador tiene derecho a una indemnización de 12 días por año trabajado más el finiquito habitual.
La reforma laboral de febrero 2022 eliminó el contrato de obra o servicio para nuevas contrataciones. Sin embargo, los contratos firmados antes del 31 de marzo de 2022 siguen vigentes hasta su finalización natural. En 2026 aún quedan muchos de estos contratos en vigor, especialmente en sectores de construcción, consultoría y proyectos.
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Indemnización legal | 12 días de salario por año trabajado |
| Base de cálculo | Salario bruto mensual ÷ 30 × 12 días × años trabajados |
| Fracción inferior al año | Proporcional a los meses trabajados |
La indemnización de 12 días/año de los contratos temporales no está exenta del IRPF (a diferencia de la indemnización por despido improcedente que sí lo está hasta ciertos límites). Tributa como rendimiento del trabajo en la nómina del mes de liquidación.
Si la empresa extingue el contrato antes de que finalice la obra o servicio sin causa justificada, podría considerarse un despido improcedente con derecho a 33 días de salario por año trabajado. La empresa no puede simplemente terminar el contrato de obra alegando que la obra ha acabado si objetivamente no es así.