Incapacidad permanente y finiquito 2026: indemnización y cómo funciona

Actualizado: abril 2026

Cuando la Seguridad Social reconoce una incapacidad permanente que te impide continuar trabajando, el contrato puede extinguirse. En 2026, el trabajador tiene derecho al finiquito habitual pero la cuestión de la indemnización es más compleja y depende del tipo de incapacidad y del convenio.

Tipos de incapacidad permanente y sus efectos laborales

GradoDescripciónEfecto en el contrato
ParcialReduce rendimiento >33% pero puede trabajarEl contrato continúa salvo acuerdo
TotalNo puede hacer su profesión habitualLa empresa puede extinguir el contrato
AbsolutaNo puede hacer ningún trabajoEl contrato se extingue automáticamente
Gran invalidezNecesita asistencia de otra personaEl contrato se extingue automáticamente

¿Hay indemnización al extinguir por incapacidad permanente?

La extinción del contrato por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez está regulada en el art. 49.1.e del ET. La ley no fija una indemnización específica para este supuesto, pero:

Consulta tu convenio: Es fundamental revisar tu convenio colectivo. En sectores como construcción, hostelería o banca, las indemnizaciones por incapacidad permanente pueden ser muy superiores a las del ET general.

¿Puedes cobrar finiquito y pensión de incapacidad a la vez?

Sí. El finiquito (liquidación de haberes pendientes) es independiente de la pensión de incapacidad permanente. Puedes cobrar ambos. La pensión la paga la Seguridad Social; el finiquito lo paga la empresa.

Respecto al paro: si no has agotado la prestación por desempleo antes de la incapacidad, puedes tener derecho a ella una vez finalice la incapacidad temporal, si vuelves a estar en situación de alta laboral.

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